Este martes, 21 de octubre, se conoció finalmente la lectura del fallo judicial en segunda instancia en el proceso que involucra al expresidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2010), en el caso por presunta manipulación de testigos.
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Durante una audiencia pública realizada en horas de la mañana, el Tribunal Superior de Bogotá revocó la sentencia en primera instancia que condenaba a 12 años de prisión al expresidente por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
El magistrado Manuel Antonio Merchán destacó que no se demostró que el expresidente ordenara a su exabogado Diego Cadena buscar testimonios o pruebas con ofrecimientos ilícitos, confirmando así su absolución en el primer delito.
Asimismo, en la sentencia de primera instancia, el Tribunal cuestionó que se haya omitido el test de idoneidad engañosa y la acreditación del dolo determinador. Se señaló un defecto lógico al desvalorizar coincidencias entre testimonios “libreteadas” mientras se resta credibilidad a las divergencias que niegan la inducción a la falsedad.
En conclusión, la apelación acierta al señalar que no se demostró que las cartas contuvieran ilicitud o tuvieran capacidad de inducir a error a los jueces. “La actuación de Álvaro Uribe Vélez, al entregar información para su defensa, se consideró ajustada a derecho, y no se demostró mendacidad consciente ni participación dolosa en la creación de artificios”.
Soborno en actuación penal
Por soborno en la actuación penal, en el evento del exparamilitar, Carlos Enrique Vélez, alias ‘Víctor’, a quien piden que se le investigue por falso testimonio, marcando un nuevo capítulo en uno de los procesos más mediáticos del país. Asimismo, tampoco se comprobó su responsabilidad en los hechos relacionados con Eurídice Cortés, alias ‘Diana’.
Alias ‘Víctor’
En este proceso, se expone que el exabogado del expresidente Uribe, Diego Cadena le ofreció 200 millones de pesos y una asesoría jurídica al exparamilitar Carlos Enrique Vélez, alias ‘Víctor’, en 2017 en la cárcel de Palmira, Valle del Cauca.
Esto, con el supuesto objetivo de que suscribiera una carta con testimonios favorables para Álvaro Uribe y en contra de Iván Cepeda.
“Carlos Enrique Vélez accedió a vender su testimonio. Se fijó un valor de 200 millones de pesos. Se cumplió con la entrega de dos cartas a la Corte Suprema de Justicia (…) En el caso probado por la Fiscalía General solamente se le pagaron $ 36 millones, faltándole lógicamente 133 millones de pesos. Eso le generó molestia y por eso ya empezaron las solicitudes más fuertes”, señala la acusación.
Frente a este punto, el Tribunal estableció que las pruebas tomadas en cuenta por el juzgado no acreditaron el dolo exigido para calificar a Uribe como determinador de un delito, pues según lo analizado por la Sala, Vélez Ramírez nunca mencionó a Álvaro Uribe Vélez como responsable de los pagos recibidos ni como autor de las instrucciones.
“No se acreditó que Álvaro Uribe Vélez hubiera instigado el delito de soborno en actuación penal. La sala revocará la condena impuesta a Álvaro Uribe Vélez y lo absuelve por el delito de soborno en actuación penal en el evento de Carlos Enrique Vélez Ramírez”, indicó el magistrado Merchán./ Fuente Caracol Radio