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La Corte Suprema condena al Ñoño Elías por el caso Odebrecht

Por Cesar Noticias

La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra Bernardo Miguel Elías, conocido como el ‘Ñoño Elías’ por cohecho propio y tráfico de influencias en el caso Odebrecht.

Según el alto tribunal, el exsenador habría recibido altas sumas de dinero de la empresa brasileña a cambio de beneficios y decisiones favorables de la empresa.

Detalles del proceso

Dice la sentencia que se indicó que Otto Nicolás Bula Bula, manifestó que aunque los contratos de comisión de éxito con Odebrecht “fueron firmados en 2016 con fecha de 2013, la realidad fue diferente a la que en ellos aparece consignada”, pues dicha multinacional requería de su ayuda ante las comisiones de presupuesto del Congreso de la República y la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, presidida por Luis Fernando Andrade Moreno, para lograr la contratación de la construcción del tramo Ocaña-Gamarra como una adición a la concesión Ruta del Sol II.

También dice que expuso haber comentado la situación al entonces senador Bernardo Miguel Elías Vidal, quien le manifestó «que tenía acceso» a Luis Fernando Andrade Moreno. “Por las gestiones para la contratación del tramo Ocaña-Gamarra, como adición a la concesión Ruta del Sol II, se fijó una comisión del 4% del valor del contrato, pretensión a la que accedió Eleuberto Martorelli, en condición de Subdirector de Operaciones de Odebrecht en Colombia. De este porcentaje se acordó el 2% para Bernardo Miguel Elías Vidal y su grupo, y el 0.5% para Otto Nicolás Bula Bula”, señala la Corte. La comisión se entregó con los siguientes medios pactados:

• (i) Un contrato ficticio por 10.000 millones de pesos, celebrado entre la Concesionaria Ruta del Sol y el Consorcio SION, este último representado por Gabriel Alejandro Dumar Lora, pues las cantidades que fueron giradas a través de CORFICOLOMBIANA, como pago de las obras supuestamente realizadas por SION, fueron realmente entregadas al entonces senador Bernardo Miguel Elías Vidal o a la persona que él indicara, con excepción de 400 millones de pesos recibidos por Otto Nicolás Bula Bula.

• (ii) Contrato con el Consorcio SION «en unión temporal con una empresa española», por 7.500 millones de pesos.

• (iii) Una suma aproximada de 800 millones de pesos, girada por la empresa Consultores Unidos de Panamá, que fue entregada por Otto Nicolás Bula Bula a Bernardo Miguel Elías Vidal «en el apartamento de éste». A pesar de que Elías ya se había acogido a sentencia anticipada en primera instancia, su defensa solicitó modificar el fallo condenatorio por: la calificación jurídica de la conducta, la individualización de la pena, y la rebaja por aceptación de cargos.

La impugnación del ‘Ñoño Elías’

Por su parte, la Corte Suprema recordó que a partir de la entrada en vigencia de la doble conformidad de la Corte Constitucional, se le permitió impugnar el fallo de la Corte Suprema y precisa que:

“En el caso concreto, la impugnación se propone contra una sentencia dictada en única instancia antes de la entrada en vigencia del acto legislativo”.

La Corte finalmente niega la primera petición de la defensa, en la que pide cambiar el delito de cohecho propio por impropio, señalando que, el exsenador Bernardo Miguel Elías aceptó su responsabilidad frente a los cargos imputados y resulta ingenuo sostener que estos actos no son contrarios a sus deberes oficiales como Senador de la República, como si participar en un entramado delictivo para direccionar la adjudicación indebida de contratos y obtener parte de los dineros destinados para el cumplimiento de los mismos, prevaliéndose de su investidura, sea propio de su actividad funcional.

Tampoco accede a individualizar la pena ni la rebaja por aceptación de cargos.

En las consideraciones establece que si bien el excongresista integraba la Comisión Tercera del Senado, encargada de «aprobar el presupuesto» de rentas y gastos de la Nación, entre los cuales se encuentran los de obras de infraestructura, lo cierto es que su labor dentro del plan criminal estaba dirigida -esencialmente- a intervenir ante otros funcionarios para agilizar distintos procesos contractuales, a cambio de la entrega de millonarias sumas de dinero.

Así se dejó consignado en el acta de aceptación de cargos y se ratifica con el contenido de las distintas pruebas testimoniales practicadas en la actuación.

 

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