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Tribunal Administrativo del Cesar ordena proteger cuenca del río Guatapurí

Por Cesar Noticias

El Tribunal Administrativo del Cesar, en ponencia del magistrado José Antonio Aponte Olivella, falló a favor de la acción popular presentada por un grupo de ciudadanos liderados por Gustavo Cabas Borrego, en la que ordena proteger la cuenca del Río Guatapurí, desde su nacimiento hasta su desembocadura.

El alto tribunal indicó que «al revisar el extenso material probatorio… resulta evidente la amenaza y vulneración de los derechos colectivos invocados, y principalmente, la afectación ambiental que está sufriendo el Rio Guatapurí a causa de la presencia permanente de residuos sólidos y escombros, lo cual genera contaminación de su cauce, asimismo, por las aguas residuales vertidas sin ningún tipo de tratamiento previo por parte de la comunidad circunvecina; la pérdida de la ronda hídrica la cual se ha visto afectada por las diferentes construcciones que se han venido realizando con o sin autorización de la autoridad respectiva.

Asimismo, la deforestación; la presencia de hornos artesanales; impactos ambientales que al tenor de las probanzas arrimadas, tienen mayor afectación en la margen derecha del río, principalmente en los barrios, Zapato en Mano, 9 de Marzo, Pescaíto, entre otros, lo cual ha conllevado a la imposición de sanciones por parte de la autoridad ambiental Corpocesar, en contra del Municipio de Valledupar; así como la imposición reciente de medidas preventivas, como lo es la suspensión inmediata de todas las actividades de disposición de residuos sólidos y residuos de construcción y demolición, e igualmente el retiro de dichos residuos que se encuentran en el afluente”, se lee en el fallo.

En tal sentido, la sentencia ordena «al departamento del Cesar, al municipio de Valledupar, a la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios Emdupar S.A y a la Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar, que protejan, conserven, mantengan y restauren la cuenca del Río Guatapurí, desde su nacimiento hasta su desembocadura. Para el restablecimiento de estos derechos colectivos protegidos, las entidades accionadas deberán actuar a la luz de los principios de coordinación, concurrencia y desarrollo sostenible.»

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